


EL RIVER DE PONZIO SIGUE DERECHO


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FELIZ CUMPLEAÑOS PAOLA ARIAS




El contenido de la norma, que ahora pasó al Ejecutivo para la promulgación, alcanza a la Administración Pública Provincial, Centralizada y Descentralizada, a los Organismos Autárquicos, Empresas y Sociedades del Estado, Poder Legislativo, Poder Judicial, Ministerio Publico y Auditoria General de la Provincia.
La ley tiene como finalidad desalentar el uso indiscriminado de papeles o impresiones innecesarias, dispone sistematizar el reciclado, que se tienda a la despapelización en los actos administrativos, que se recurra al uso de medios electrónicos y adhiere a la Ley nacional de firma digital y la Ley nacional de firma electrónica y documentos electrónicos.
Un artículo de la ley dispone que invitaciones protocolares, informes, notificaciones y expedientes internos serán exclusivamente en formato virtual o electrónico, con firma digital o electrónica.
Los poderes del Estado provincial deberán tomar medidas para elaborar y ejecutar el Plan de Digitalización de expedientes y conservarán en papel lo que resulte indispensable, en cuyo caso se preferirá el papel fabricado con fibras recicladas o con métodos de producción sustentable y libre de elementos químicos contaminantes.
Además, habilitarán sistemas de almacenaje y para recoger papel desechado, manteniendo su condición de reciclaje.
El Ejecutivo provincial, a través de la autoridad de aplicación que determine, deberá realizar campañas destinadas a concientizar sobre el uso racional de los recursos renovables y se invitará a los municipios a adherir a la Ley.